En esta introducción al papel de las Administraciones en la Sostenibilidad, se tratan algunas políticas públicas y marcos regulatorios existentes.
Los aspectos de la responsabilidad social deben ser considerados de interés público y no exclusivamente privado, ya que las decisiones sobre el uso, consumo y deterioro del capital natural, social y humano afectan a toda la sociedad y deberían garantizarse desde los poderes públicos.
La Administración no sólo juega un papel importante desde su posición de órgano regulador y normalizador, también es determinante su actuación como agente económico que actúa directamente en los mercados, en foros y organismos internacionales. Así como agente que incentiva la adopción de criterios de sostenibilidad a través de formación y sensibilización, subvenciones, incentivos fiscales y un sin fin de políticas públicas.
Las Administraciones Públicas juegan el papel de contratista, consumidor, inversor o financiador. Además, de adoptar una posición positiva y activa, en concordancia con el ordenamiento jurídico en vigor de apoyar el desarrollo responsable de las empresas para que éstas asuman la responsabilidad de sus subcontratas e impulsen criterios de sostenibilidad a sus proveedores.
Según el informe final de la Subcomisión Parlamentaria de RSE (2006) se reconoce la responsabilidad sobre la responsabilidad social de las empresas, en la Estrategia española de responsabilidad social de las empresas 2014-2020, en los Principios Rectores para Empresas y Derechos Humanos de Naciones Unidas y en el Plan de Acción Nacional de Empresas y derechos Humanos aprobado por el Consejo de Ministros de España en julio de 2017 y en el borrador de directiva de diligencia debida.
La Administración Pública debe generar incentivos para evitar la confusión entre actuaciones relacionadas con acción social y verdaderas estrategias de sostenibilidad.
Dentro de la variedad de políticas públicas, una de las clasificaciones más comúnmente utilizadas es la que distingue entre políticas de fomento y de incentivos
Políticas de Fomento:
Las políticas de fomento son aquellas que asientan unas bases de tipo estratégico para un correcto desarrollo de la Sostenibilidad | – Acciones de difusión a través de campañas de información (páginas web, redes y asociaciones multi-stakeholder) del impacto positivo que la adopción de prácticas socialmente responsables tiene sobre las empresas. – Acciones de sensibilización. Contribución a la generación de conocimiento y fomento de la investigación e innovación. Fomento del desarrollo de la sostenibilidad en la sociedad, en general, a través de la educación y formación, información y apoyo técnico y, en particular, entre las empresas y sus directivos, y entre quienes en las Administraciones Públicas están en relación con este ámbito. La incorporación de la Sostenibilidad como asignatura obligatoria en los planes de estudio de las disciplinas socioeconómicas sería un ejemplo de este tipo de políticas. – Acciones que contribuyan a la consolidación de las partes interesadas. Se trata de fomentar la asociación entre grupos de interés para estimular el diálogo sobre el papel y la responsabilidad de las partes; así como mediar entre éstas y las empresas, a través de la creación de instrumentos de deliberación y concertación. El Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas o el Forum Multistakeholder son dos ejemplos de este tipo de políticas, el primero impulsado desde el Gobierno de España y el segundo por la Comisión Europea. |
Políticas de Incentivos:
Las políticas de incentivos como actores de desarrollo económico con relaciones contractuales con el sector privado y diseño de políticas fiscales | – Las compras públicas contribuyen a generar el alrededor del 20% en España de acuerdo con el Observatorio de la Contratación Pública (2019) – Aplicación de cláusulas sociales y ambientales en los contratos de compra pública, así como la descalificación de empresas cuando se considere necesario. – Integrar la Sostenibilidad en las políticas comerciales a través de la inclusión de cláusulas vinculantes en los acuerdos comerciales |
Las Contrataciones Públicas Socialmente Responsables (CPSR) han sido definidas por la Comisión Europea (2011), como “las operaciones de contratación que tienen en cuenta uno o más de los siguientes aspectos sociales: oportunidades de empleo, trabajo digno, cumplimiento con los derechos sociales y laborales, inclusión social (incluidas las personas con discapacidad), igualdad de oportunidades, diseño de accesibilidad para todos, consideración de los criterios de sostenibilidad, incluidas las cuestiones de comercio ético y un cumplimiento voluntario más amplio de la responsabilidad social de las empresas (RSE), a la vez que se respetan los principios consagrados en el Tratado de la Unión Europea (TUE) y las Directivas de contratación”
La pauta que marca Europa
La legislación comunitaria a través de la actual generación de directivas sobre mercados públicos, 2004/17/CE y 2004/18/CE, abre un espacio de promoción de la sostenibilidad en la contratación pública, para gobiernos y poderes públicos:
- Política de compras para obras, suministros y servicios (Art. 49, 50 y 53). Abre la posibilidad de incluir la valoración de procesos RSC en las normas de garantía de la calidad y de la gestión medioambiental, así como en los criterios de adjudicación de contratos (DIRECTIVA 2004/18/CE).
- Política de compras para agua, energías, transportes y servicios postales (Art. 54 y 55). Abre la posibilidad de incluir criterios RSC en los criterios de selección cualitativa y de adjudicación de los contratos (DIRECTIVA 2004/17/CE).
En 2011 la Comisión europea ha elaborado una Guía sobre cómo implementar criterios sociales y medioambientales: